22/9/13

España: El jurado es una institución desastrosa para impartir justicia

Por El País

Jurado popular en España

Extractos:

En España, 3.971 personas formaron parte de un jurado el año pasado. Cobraron dietas de 67 euros diarios, comieron y cenaron (según la duración de las vistas) por cuenta del Estado, que les abonó también los desplazamientos y las noches de hotel necesarias mientras deliberaban.

Los juicios con jurado siguen siendo una minoría. En 2012 hubo 361 entre cientos de miles de procesos. Y desde que entró en vigor la Ley del Jurado, aprobada en mayo de 1995, se calcula (no hay datos exactos) que habrá habido unos 5.000, con 55.000 ciudadanos implicados en esta rueda apasionante, compleja, a veces temible, de la justicia.

Españoles de a pie han juzgado asesinatos, homicidios, delitos de coacciones, allanamiento de morada, cohecho, malversación de caudales públicos, infidelidad en la custodia de documentos o incendios. En 2011, uno de los veredictos más polémicos fue el que emitieron nueve valencianos que absolvieron al ex-presidente de su comunidad Francisco Camps de un delito de cohecho.

Algo así no se repetirá cuando se apruebe, después del verano, el nuevo Código Procesal Penal, porque limita el juicio con jurado a asesinatos y homicidios consumados. Muchos defensores del tribunal popular ven en esta revisión una pequeña derrota. Un paso atrás. Otros la encuentran razonable. “La gente se lía mucho con los conceptos jurídicos como cohecho, o el allanamiento de morada”, dice una agente que lleva tres años en la oficina del jurado de la Audiencia de Madrid.

Las deliberaciones son un momento crucial donde a veces surgen fricciones entre los jurados. Por eso hay quien considera que habría que mejorar “el proceso de selección”, como dice Raquel (nombre supuesto), una mujer que ha pasado hace poco por el trance de juzgar a un presunto asesino. “Habría que evaluar las capacidades de comprensión, razonamiento lógico, de memoria, de quien va a integrar un tribunal del jurado”, dice. Y es que a Raquel le resultaron especialmente complicadas las deliberaciones para alcanzar un veredicto. “Obtener un resultado que satisfaga a todos, y del que todos y cada uno de los miembros del jurado son responsables individualmente, para mí ha sido muy complicado y duro, especialmente por las consecuencias de las decisiones que un jurado debe adoptar”.

La magistrada Ana Ferrer, presidenta de la Audiencia Provincial de Madrid, piensa: “La función esencial del jurado es acercar la justicia al ciudadano. Si me preguntas si se ha conseguido, pues probablemente no”, reconoce Ferrer, sentada en su despacho con espléndidas vistas sobre el monte de El Pardo.

Según esta magistrada, el gran problema es que con el jurado se trata de implantar un sistema distinto al de nuestra tradición jurídica, basada en la motivación. Por eso carece de arraigo. Y la gente lo ve como un engorro. ¿Por qué tan poco entusiasmo hacia un cometido con abundante literatura fílmica? “Es una tarea incómoda, como cuando te toca formar parte de una mesa electoral”, concede Ferrer. Ningún parecido con ese gran clásico del cine, “Doce hombres sin piedad”.

Hacer justicia impresiona. Especialmente a un tribunal no profesional, sin la coraza que proporciona la rutina. Por eso, “en los juicios con jurado la estrategia de la defensa es totalmente distinta”, reconoce Eduardo Ruiz de Erenchun, miembro de un prestigioso bufete de Pamplona. Todo es mucho más didáctico. Y los interrogatorios, largos y procelosos. Por eso los juicios con jurado salen caros, en horas y en dinero.

Ruiz de Erenchun tiene fama de ser persuasivo con los jurados. Lo demostró con su defensa de Diego Yllanes, que se sentó en el banquillo como autor confeso de la muerte por estrangulamiento de Nagore Laffage, una estudiante de enfermería de 20 años, ocurrida el día de San Fermín de 2008, en Pamplona. El fiscal y las acusaciones particulares llegaron al juicio, celebrado en noviembre de 2009 en Pamplona, con lo que parecían abundantes pruebas de un crimen perpetrado con el agravante de alevosía. Y sin embargo, el jurado no consideró probado que la víctima pasara varias horas sometida a la brutalidad de su verdugo, ni que Nagore, de 20 años, se encontrara completamente indefensa ante Diego, de 27 años y experto en artes marciales, que la estranguló tras propinarle 28 golpes causantes de hematomas, algunos de ellos con derrames internos. Ruiz de Erenchun construyó su defensa con las dos herramientas clave que, según él, tiene que manejar un abogado defensor en estos casos. Se esforzó por establecer “una corriente de empatía entre el acusado y el jurado”, y recordó machaconamente al tribunal popular “la gravedad de condenar sin la convicción total”.

Luis Rodríguez, abogado y catedrático de Derecho Penal, miembro del comité de expertos que ha asesorado al Ministerio de Justicia para el nuevo Código Procesal Penal, cree simplemente que “los jurados son más fáciles de engañar que un tribunal profesional”. Rodríguez dice hablar por experiencia. Como abogado de la acusación privada en el juicio por el asesinato del joven de 18 años Álvaro Ussía en la discoteca madrileña El Balcón de Rosales, en 2009, convenció al jurado de que además del portero que golpeó mortalmente a Ussía, otros dos compañeros suyos habían actuado como cómplices. La sentencia fue corregida en instancias superiores. Rodríguez no aprecia la institución del jurado. La considera desastrosa para impartir justicia.

“Hay veredictos fallidos”. Como la escandalosa absolución en 1997 de Mikel Otegi, miembro de Jarrai, por el asesinato de dos ertzainas (el jurado apreció en el acusado una demencia transitoria). El jurado que condenó a Dolores Vázquez por el homicidio de Rocío Wanninkhof, en 2001, lo hizo basándose en un juicio mediático paralelo que la había condenado ya, antes de sentarse en el banquillo. Vázquez quedó en libertad, tras 17 meses de cárcel, cuando gracias al ADN se encontró al verdadero culpable.

El jurado del que formó parte Natividad Lorente, en 1996, no suscitó otro interés que el de ser uno de los tres primeros que se constituía en España, tras el largo paréntesis de la dictadura y los años de la transición. “Cuando me llegó la citación para presentarme en la Audiencia de Palencia, me puse muy nerviosa. No sabíamos cómo iba a ser eso. Pasé noches sin dormir”, recuerda ahora esta enfermera de 55 años, madre de dos hijos.

El caso que tuvo que juzgar Raquel no era mediático, pero sí grave. Un asesinato. Ella, una mujer formada y madura, lo vivió con enorme intensidad. “Tenía mucho interés en participar en un jurado popular, incluso lo hubiera hecho sin compensación económica”, dice. La experiencia, con ser buena, ha cambiado su opinión sobre la justicia, para peor.


Jueces sin toga
Por Lola Galán

El País
22 de septiembre de 2013

15/7/13

EE.UU.: Resoluciones polémicas de los jurados

Por El Diario mx

Juicio por jurados en U.S.A

Extractos:

Los dictámenes del jurado no siempre son bien recibidos por los familiares de las víctimas o acusados. Existen varios casos que fueron y son famosos por sus condenas y logradas absoluciones. Estos son los más emblemáticos.

La reciente decisión del juzgado norteamericano por absolver todos los cargos que pesaban sobre George Zimmerman, el excustodio que disparó contra un joven de 17 años de edad, sirvió para desencadenar una ola de críticas y también mensajes de apoyo estas últimas horas.

El hombre, ahora en plena libertad, forma parte de los casos más sonados en la historia del sistema judicial estadounidense, por la controversia que se ha creado en torno a la decisión de los jurados.

Además de Zimmerman existen casos que causaron rabia, asombro y hasta disputas en la opinión pública, siendo sus resoluciones impugnadas por miembros de la sociedad civil que aprovecharon el momento, tras conocer el fallo de la corte, para tomar las calles y protestar en contra del dictamen.

El caso de Amanda Knox, los juicios en contra de O. J. Simpson, las polémicas acusaciones en contra del fallecido Michael Jackson sobre presuntos abusos sexuales a infantes, siguen generando escozor en la memoria de los habitantes de EE.UU. reclamando la "vista gorda" que pudieron hacerse las autoridades al no tener aún sentencia definitiva para los acusados o declararlos inocentes, frase que celebró horas atrás Zimmerman.

Rodney Glen King

También, otro que se recuerda es el de Rodney Glen King, un trabajador de construcción africanoamericano que, mientras que gozaba de libertad condicional por robo, se dio a conocer a nivel nacional después de haber sido brutalmente golpeado por agentes de policía de Los Ángeles.

Cuatro de los oficiales de policía participaron en el incidente fueron acusados en la Corte Superior de Los Angeles de uso excesivo de la fuerza. Pero todo cambió cuando otro juzgado, donde los efectivos rindieron nuevamente declaraciones, reconoció como no culpables a tres de ellos. El caso caldeó los ánimos de muchos defensores de los derechos humanos.

Johannes Mehserle

El 13 de enero, las autoridades arrestaron en Nevada a Johannes Mehserle, el policia que asesinó a Oscar Grant, en ese momento lo acusaron de homicidio.

Mehserle, un policía del Bay Area Rapid Transit (BART), baleó y mató a Oscar Grant, mientras que éste yacía boca abajo un día de Enero del 2009.

El acusado fue condenado a dos años de prisión por homicidio involuntario. El veredicto desató la furia de los familiares de la víctima y de miles de personas en todo el país.

Beisbolista Barry Bonds

Desde el 2003, el exbeisbolista Barry Bonds fue una figura clave en el escándalo de Area Laboratory Co-operative Bay.

El jugador estaba bajo investigación por un gran jurado federal en relación con su testimonio en el caso Balco, y fue acusado de perjurio y obstrucción de la justicia el 15 de noviembre de 2007. La acusación alegaba que Bonds mintió bajo juramento sobre su supuesto uso de esteroides.

Howard K. Stern

Un juez de Los Ángeles, EU absolvió al abogado Howard K. Stern, ex novio de Anna Nicole Smith, de los cargos de conspiración para inducir a la ex chica Playboy a la adicción a los fármacos que le causaron la muerte.


La decisión del magistrado Robert Perry llegó dos meses después de que el jurado del caso declarara culpable a Stern y a la que fuera psiquiatra de Smith, Khristine Eroschevich.

Amanda Knox

Amanda Knox roba la atención de la prensa internacional; ahora tendrá que volver a un tribunal italiano en septiembre con el fin de declarar sobre su relación con la muerte de su amiga Meredith Kercher.


Knox y su ex pareja fueron condenados por el asesinato de la estudiante británica, hallada casi masacrada en Perugia, Italia en 2007. Rudy Guede, un hombre desempleado de Costa de Marfil, fue también condenado por el asesinato de Kercher.

O. J. Simpson

Otro que integra la lista es O.J. Simpson, de 65 años. El ex jugador estrella de futbol americano que después de su carrera como deportista, se convirtió en actor de cine y presentador de televisión. Pero una mala jugada del destino lo llevó a involucrarse en el homicidio de su ex esposa Nicole Brown, y de los delitos de robo y secuestro que hoy lo tienen tras las rejas.


Simpson de 65 años está en prisión por este caso, después de que en 1995 resultara absuelto. Su ex mujer Nicole Brown y su amigo Ronald Goldman fueron hallados muertos a las afueras de la propiedad de la primera. Simpson fue acusado inmediatamente del asesinato. Simpson fue sentenciado a cumplir entre nueve y 33 años de prisión. Aunque se estima que podría salir libre bajo palabra cuando tenga 70 años.

Scott Peterson

Scott Peterson, un vendedor ambulante de abonos químicos de 32 años, fue condenado a muerte por un jurado de 12 personas después de tres días de deliberaciones. Sería mediante inyección letal, si el juez así lo corrobora. El crimen: asesinar a su esposa y a su hijo neonato.


Tras hacerse público el anuncio del veredicto, una multitud aglomerada en los alrededores de los juzgados de Redwood City, en California, lanzó gritos de satisfacción. Era la prueba definitiva de que Peterson ya forma parte de la cultura popular de un país obsesionado con este proceso desde hace casi dos años.

Michael Jackson

Los escándalos nunca estuvieron exentos de la vida de Michael Jackson. El más polémico ha sido cuando fue acusado de abuso sexual a menores de edad. Después de diez días de deliberaciones, el jurado declaró inocente al cantante.


El artista era acusado de diez cargos por abuso sexual a menores de edad asistió varias veces a la corte para rendir cuentas ante la justicia. El juez le dijo en ese entonces: “La fianza ha sido exonerada, puede irse”.

John Hinckley Jr.

El juicio y dictamen a John Hinckley Jr. el hombre acusado de querer matar al expresidente Ronald Reagan en 1981, causó asombro entre la comunidad norteamericana.


El sujeto fue sentenciado a pasar sus días en un hospital psiquiátrico y se le absolvió el cargo de asesinato tras un fallo de la corte que le determinó demencia.

Casey Anthony

La pequeña Caylee Anthony tenía 2 años cuando fue hallada muerta en 2002. Su madre, Casey Anthony, se salvó de la pena de muerte al ser encontrada no culpable del crimen, en un juicio híper mediático que culminó en julio del año pasado.


Ahora, Casey busca limpiar su imagen a través de un videolog, pero sigue consiguiendo el rechazo de sus coterráneos. Otro caso que trae a remembranza el polémico O. J. Simpson.
 

El Diario mx - México
"Las resoluciones de juicios más controvertidas"
15 de julio de 2013

30/6/13

Reino Unido: Un debate abierto

Por Carlos Fresneda
 
Juicios por jurados en el Reino Unido

En el Reino Unido funcionan tres sistemas judiciales paralelos (uno en Inglaterra y Gales, otro para Escocia y otro para Irlanda del Norte). En cualquier caso, el uso del jurado –con antecedentes milenarios desde la época de los normandos– se reserva para delitos penales y ofensas graves, tales como difamación o fraude.
 
Los jurados están integrados por 12 miembros, entre los 18 y 70 años. En el pasado se requería un veredicto unánime. Hoy por hoy, y a discreción del juez, basta con que se alcance una mayoría de 10 a 2. La modificación fue para evitar juicios nulos por imposibilidad de llegar a la unanimidad en el veredicto.
 
Desde 1999, y con la justificación de evitar el "atasco" del sistema jurídico, han habido intentos de eludir el uso del jurado para delitos graves. En los últimos años se ha producido también un intenso debate por las exigencias y el 'estrés' que genera en los ciudadanos ejercer como miembros de un jurado. Los ciudadanos seleccionados están obligados a ver un vídeo en el que se les informan del cúmulo de obligaciones (incluido el secreto total después de finalizado el caso), cuyo incumplimiento podría llevarles a ser juzgados por desacato.
 
 
Diario El Mundo - España
El Tribunal Popular en el mundo
30 de junio de 2013

Francia: Un proyecto frustrado

Por Juan Manuel Vellver

Juicio por jurados en Francia

El jurado popular ha durado en Francia menos que un helado en la puerta de un colegio. La incorporación de ciudadanos a los tribunales siguiendo el modelo escabinado fue un proyecto puesto en marcha en 2011 por el gobierno conservador de Nicolas Sarkozy, con la voluntad de "acercar la justicia a la gente de la calle".

Dichos jurados, que funcionaron sólo durante unos meses a título experimental en las ciudades de Dijon y Toulouse, para tratar delitos con condenas superiores a los cinco años de reclusión, estaban integrados por tres magistrados así como nueve legos para la primera instancia y 12 cuando la corte era de apelación. Presididos siempre por un profesional de la Judicatura, sólo podían dictar una sentencia condenatoria si había unanimidad de los tres jueces técnicos y mayoría simple de cinco o siete entre los jueces legos.

Desde el 18 de marzo de 2013, el sistema ha sido puesto en barbecho por la actual Ministra de Justicia, Christiane Taubira. "A pesar de algunos aspectos positivos, la incorporación a nuestro tribunales de ciudadanos-asesores ha aumentado considerablemente los gastos de cada proceso y alargado las vistas sin que la imagen de la Justicia se haya visto mejorada", reza el comunicado emitido.

Según los magistrados Didier Boccon-Gibod y Xavier Salvat, a quienes Taubira encargó la evaluación de dicho procedimiento, los jurados escabinados adoptados a modo de prueba por la República Francesa implicaban varias dificultades, "empezando por la selección anual de los candidatos a participar en los mismos y su formación". Y su eficacia era dudosa ya que "en el tiempo que un audiencia ciudadana juzgaba tres casos, un tribunal integrado sólo de magistrados resolvía entre 12 y 20".

Enlace: Versión On Line

Diario El Mundo - España
El Tribunal Popular en el mundo
30 de junio de 2013

27/3/13

Singapur: Informe de juicios por jurado

Por Wikipedia

El juicio por jurados también fracasó en Singapur






















En Singapur, el sistema de jurados fue abolido en 1969. Los juicios con jurado para todos los delitos, a excepción de los crímenes con pena de muerte, habían sido anteriormente abolidos en 1959.

Como Primer Ministro Lee Kuan Yew describió a la BBC y en sus memorias, debido a su experiencia como abogado litigante: "No tenía fe en un sistema que permite la superstición, la ignorancia, los prejuicios y los prejuicios de los siete miembros del jurado para determinar la culpabilidad o inocencia".

Enlace: Versión On Line

Jury Trials
Fuente: Wikipedia

Reino Unido: El abandono del juicio por jurado

Por Law Teacher

Juicio por jurados en el Reino Unido

El juicio por jurado es en el Reino Unido objeto de ataques en los últimos años. Los gobiernos han tratado de reducir el uso de jurados en las causas penales con el fin de ahorrar dinero.
 
La Ley de Derecho Penal 1977 eliminó el derecho a un juicio con jurado en una serie de delitos como los delitos de conducción y los delitos menores, los cuales se realizan mediante juicio sumario por un juez de paz.
 
Desde 1977, más y más casos se han retirado del juicio por jurado, haciéndolos mediante juicio sumario. Ley de justicia penal ha aumentado el poder de sentencia del magistrado de 6 meses a 12 meses en un solo delito, lo que podría aumentar más de 18 meses por la legislación delegada. El propósito de esto es que más casos sean juzgados en los juzgados de paz en lugar de ser remitidos a Tribunal de la Corona para ser juzgado por un jurado caro.
 
Otra medida para reducir el número de juicios por jurado es que la Ley de Justicia Penal de 2003 también permite un juicio por juez letrado en el Tribunal de la Corona en dos situaciones: manipulación del jurado y cuando el caso se refiere a los acuerdos financieros y comerciales complejos o largos.
 
 
Law Teacher
The Jury System

India: Informe juicios por jurado

Por Wikipedia

En India también ha fracasado el juicio por jurados

Los juicios con jurado fueron suprimidos por el gobierno de la India en 1960 sobre la base de que serían susceptibles a los medios de comunicación y la influencia pública.

Esta decisión se basó en una sentencia absolutoria Kawas Nanavati en KM Nanavati vs. Estado de Maharashtra, que fue anulada por los tribunales superiores, con el argumento de que el jurado fue engañado por el presidente del tribunal.

Enlace: Versión On Line

Jury Trials
Fuente: Wikipedia

5/3/13

Puerto Rico: Informe juicios por jurado

Por Obed Betancourt

Obed Betancourt

Extractos:
 
A pesar que los derechos a un juicio por jurado imparcial y la presunción de inocencia están consagrados en la Constitución de Puerto Rico, serían pocas las posibilidades para que de encarar juicio, Ana Cacho –sospechosa de delito– seleccione un jurado que ya no esté prejuiciado en su contra.

Así lo revela un estudio académico reciente que investigó el “efecto que tiene la cobertura mediática excesiva de procesos criminales en Puerto Rico sobre quienes ejercen como jurados en estos procesos”. El mismo fue publicado en la revista ‘Ámbito de encuentros’, de la Universidad del Este (SUAGM).
 
La investigación refleja que la excesiva publicidad, la saturación, el análisis o el sensacionalismo “puede resultar en que, poco a poco, se forjen prejuicios y opiniones a favor o en contra de las personas involucradas”.

La investigación del doctor Ángel A. Toledo López y el estudiante de maestría Francisco G. Jiménez Ayala se revela “innovadora” al ser la primera que se hace en la Isla tomando de muestra a personas que han sido jurado en casos criminales.
 
Por lo “inconmensurable” de los medios masivos de comunicación en Puerto Rico, se presupone que durante la investigación se forja necesariamente una opinión en la población que afecta la imparcialidad para juzgar sin prejuicios la evidencia que desfilará ante ellos.

La masiva información de los medios sobre la población ni siquiera permitiría que el secuestro del jurado sea una medida eficaz de descontaminación, señala la investigación, que llama la atención sobre este “dilema real para la apropiada administración de la justicia”.
 
En el caso de Ana Cacho, la muestra arroja que el 52% de los exjurados consultados creen que es culpable de estar vinculada con el asesinato de su hijo, el 20% piensa que es inocente y el 28% no sabe o no contestó la pregunta.

La investigación indica que el resultado es “impresionante, cuando consideramos que, al día de hoy, Cacho no ha sido acusada formalmente por la muerte de su hijo. Lo revelador de este análisis es que la mayoría de los (las) entrevistados está dispuesta a emitir un fallo condenatorio desde ya, sin haber pisado un tribunal y sin haber visto o escuchado una pieza de evidencia”.
 
Para no llegar a resultados erróneos, los investigadores preguntaron a los muestreados cómo llegaron a sus conclusiones. De los 25, unos 19 adjudicaron culpabilidad o inocencia “a base del análisis de prensa, la información que recibieron de los medios de comunicación o de los análisis de los comentaristas radiales o televisivos”.
 
Que la publicidad excesiva forma opiniones que pueden influir significativamente en los potenciales jurados se confirmó cuando 19 entrevistados (76%) afirmaron que en este momento no es posible celebrarle un juicio imparcial. La publicidad excesiva en contra de Cacho es tanta que el 64% de los encuestados afirmó que se requiere la transferencia (‘removal’) de este caso a otro estado.
 
Para los investigadores, “estos resultados nos hacen cuestionar seriamente qué tan bien se administra la justicia en Puerto Rico y si verdaderamente el sistema garantiza el debido proceso de ley y el derecho de todo acusado a un juicio justo e imparcial”.

Enlace: Versión On Line

"En tela de juicio los jurados"
Publicación El Vocero
5 de marzo de 2013

15/10/12

España: El Jurado: una institución avocada a su desaparición

Por el Dr. Eduardo C. Rodríguez-Cano

Dr. Eduardo C. Rodríguez-Cano
 
Extractos:
 
El Jurado en España, es una institución que existe en nuestro ordenamiento jurídico actual por mandato constitucional desde la aprobación por la Ley Orgánica 5/1995 del jurado, permitiendo que los ciudadanos participen en la administración de justicia, pues así lo establece el artículo 125 de la Constitución Española de 1978, el que establece que: “Los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la Ley determine, así como en los Tribunales consuetudinarios y tradicionales”.
 
Como siempre, buscando una cuota de representación parlamentaria, con el objeto torticero de ganar las elecciones de ese año y cuya convocatoria estaba próxima. Así esta Ley nació en mitad de una gran campaña política donde los medios de comunicación contribuyeron a su aprobación justo antes de esas elecciones generales, siendo ello meramente propaganda política, más que una auténtica realidad y necesidad social del momento.
 
Además, esta Ley nace con una polémica democrática, y es que fue aprobada faltando el voto de 72 diputados para que hubiese el quorum necesario que requiere toda Ley orgánica para ser aprobada conforme exige artículo 81 de nuestra Carta Magna.
 
Fue tan precipitada su redacción, que tuvo que ser reformada, una vez aprobada y antes que entrase en vigor esta ley.
 
Entrando en un análisis más concreto de esta Ley, la misma establece el derecho-deber del ciudadano a participar en la justicia de modo directo, de tal forma que la misma desarrolla tanto medidas coercitivas para asegurar el cumplimiento del deber, incluso con sanciones penales para el caso de incumplimiento, como medida para garantizar el ejercicio de este derecho por los ciudadanos, negando la posibilidad de la objeción de conciencia para evitar la caprichosa negación a cumplirlo.
 
Entrando a valorar la necesidad actual de esta institución en un Estado social, democrático y de derecho como el nuestro, cabe hacerse dos preguntas básicas para llevar a cabo un ejercicio de reflexión que nos lleve a tener una opinión basada en el sentido común.
 
¿Para qué están los jueces y que papel desempeñan en esta institución? ¿La existencia de esta institución ampara una vulneración del principio de igualdad ante la Ley en el sentido que unos delincuentes son enjuiciados por jueces y otros por ciudadanos ajenos al mundo del derecho?
 
Para responder a la primera cuestión hemos de analizar el tipo de jurado que tenemos impuesto en nuestro país por esta Ley orgánica. En la creación de la misma se optó por lo que se llama sistema “puro” o anglosajón. No obstante, se trata un sistema anglosajón “sui generis” por exigir que el veredicto sea motivado según se desprende del artículo 61.1 d LOTJ, o la formulación de preguntas del jurado al acusado, a los peritos o a los testigos a través del presidente de la Sala conforme previene el 46.1 de referida Ley.
 
No olvidemos que los jurados españoles emiten su veredicto sin el asesoramiento jurídico de ningún juez profesional, por ello, nuestro sistema de jurado está muy lejos del sistema escabinato o del mixto, donde pueden concurrir legos y magistrados técnicos, constituyendo todos ellos un colegio que conoce y enjuicia la totalidad del procedimiento: el juicio oral, la culpabilidad o absolución y el establecimiento de la pena, así como la posible responsabilidad civil.
 
En consecuencia, de aquí surge el primer problema actual, donde se observan ambientes de histeria popular colectiva generada por un alarmismo social innecesario que suelen crear los medios de comunicación, acaban en un juicio paralelo que en todo momento subyace en la mente de los jurados, y así tenemos el primer antecedente en el caso del asesinato de Rocío Wanninkhof, un patente caso de error jurídico grave y de fracaso de la institución del jurado, en un juicio donde se advierten irregularidades por parte de las autoridades judiciales y policiales, y en la que Dolores Vázquez Mosquera fue declarada culpable por un jurado popular de la muerte de esta menor, quien había sido asesinada en octubre de 1999 cerca de Mijas (provincia de Málaga).
 
Finalmente y tras el paso de los años, con una inocente en prisión durante casi cuatro años, se pudo descubrir el error proveniente ya desde la propia instrucción del caso al resolverse otro asesinato posterior, el de la joven Sonia Carabantes, en agosto del año 2003 y descubrirse que el ADN del asesino de Sonia Carabantes coincidía con el ADN encontrado en pruebas del caso de Rocío Wanninkhof.
 
Por supuesto hasta la fecha han seguido existiendo otros tantos casos de error judicial en esta obsoleta institución, siendo el último el conocido caso de absolución por parte del jurado de María Pilar marcos de asesinar a su marido de forma alevosa porque éste la había abofeteado, sentencia que fue revocada posteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el que la defensa se conformó con la pena de tres años solicitada por el Ministerio Fiscal en febrero del presente año.
 
Siempre es más deseable en un derecho penal moderno y garantista constitucionalmente conforme, ver a cien culpables en libertad antes que a un inocente en prisión.
 
Otra de las cuestiones choca a mi modo de ver con el principio de igualdad ante la Ley, el derecho a un Juez predeterminado por ésta y a la tutela judicial efectiva, pues realmente se produce la discriminación del reo que tiene que soportar un procedimiento específico regido por unas normas específicas sobre unas materias determinadas y enjuiciado por ciudadanos no legos, mientras que otros reos no corren esa suerte.
 
Nunca debió de existir esta institución en un sistema jurídico como el nuestro, a la vista está su fracaso y el coste económico tan grande que le supone esta obsoleta institución a los contribuyentes, precisamente por ello, tampoco es viable el sistema escabinato o mixto en un país donde otros países tienen que dejarnos dinero para sufragar otras prestaciones sociales más fundamentales como la sanidad, la educación o la propia justicia gratuita.
 
El propio imperativo constitucional cuando establece la participación de los ciudadanos en la justicia en su artículo 112, usa el término podrán, cuando en la actualidad se obliga al ciudadano, pues referida ley establece como ya se ha dicho un deber, además de ser un derecho, por ello entiendo que la mejor solución y la más económica es erradicar esta costosa institución.
 
En cuanto a la cita de Robert Lee Frost, cuanto mejor es el abogado (preparación, esfuerzo, intuición, estudio, prudencia, gran oratoria, etc.) más garantías ofrece el ordenamiento jurídico en el que éste se desenvuelve para su cliente, el reo.
 
Finalmente y no por desorden, pues he de analizar la cita que al principio de este artículo invoco, a mi parecer supone que la justicia penal es solo para los más pudientes, quedando los pobres al margen de el lujo de la justicia, y es que el objeto del veredicto es elaborado por los jurados, estos a su vez son elegidos a conveniencia de los abogados ya que pueden ser tachados hasta cuatro sin motivo alguno según dispone el artículo 40.3 de referida Ley orgánica.
 
Además, si el abogado es astuto y por ejemplo, su cliente está acusado de un crimen pasional-violencia de género, intentará tachar sin motivo a todas las mujeres que pueda.
 
Las preguntas que puede formular el letrado a los jurados siguiendo el ejemplo de este mismo supuesto de crimen pasional, estarán orientadas a poner de manifiesto en los jurados sus labores domésticas o conductas matriarcales o relacionadas con el feminismo, o cualquier otra que pueda predisponer el veredicto de cualquier jurado basado en prejuicios. De este modo que si en las respuestas de los jurados subyace algún prejuicio de esta índole, el abogado podrá tacharlas hasta que construya un jurado hecho a medida para su cliente.
 
El abogado nunca debe ser juez y parte a la hora de defender a su cliente, siempre se le plantea un doble sentimiento cuando se sienta en estrado, es muy oportuno reflexionar sobre esta cuestión de conciencia moral, para no estigmatizar a dicho profesional.
 
No olvidemos que por el principio de legalidad, el objeto del veredicto vincula al juez a la hora de redactar los fundamentos jurídicos y el fallo de la sentencia.
 
Es por ello que la opinión que me merece esta institución en la que se puede determinar el objeto del veredicto dejándose llevar por prejuicios y no por ideas de justicia material, mientras que un juez profesional siempre fijará el horizonte de su resolución judicial siguiendo las reglas de la sana crítica y lógica, pilares y fundamentos jurídicos básicos que han de constituir toda resolución judicial que pretenda ser justa y no arbitraria.
 
Concluyo añadiendo a las sabias palabras de Robert Lee Frost, que un buen abogado no sólo sabe convencer al jurado, sino que además, sabe elegirlo.
 

Dr. Eduardo C. Rodríguez-Cano
Abogado, Doctor en Derecho penal y política criminal por la Universidad de Granada, se Licenció en Derecho por la Universidad de Granada en el año 2003.

Blog personal "Club de la Constitución"
15 de octubre de 2012

24/8/11

Ghana: Informe juicios por jurado

Por Daily Graphic

Daily Graphic Ghana

Extractos:

El juez del Tribunal Superior de Koforidua, Efo Kosi-Kaglo, recomienda encarecidamente al Parlamento abolir el juicio por jurado, ya que normalmente no asegura la justicia en casos criminales.

Dijo que en la mayoría de los casos, los miembros del jurado no tenían la formación necesaria y, como tal, no podía entender y seguir el juicio de los presuntos delincuentes, algunos de los cuales fueron condenados injustamente.

El juez Kosi-Kaglo hizo la recomendación cuando los miembros de la Comisión Parlamentaria de la Judicatura se reunieron el viernes con jueces, magistrados y miembros del personal del Servicio Judicial en la Región Oriental en Koforidua.

El juez Kosi-Kaglo, que sonaba emocional en su presentación, pidió al Parlamento que considere la abolición del juicio por jurados, con carácter de urgencia.

"En la mayoría de los casos, los miembros del jurado no están bien educados y bien informados para comprender plenamente la legalidad de las cuestiones planteadas en los tribunales y, como tal, no son capaces de seguir adecuadamente el proceso para que puedan tomar la decisión correcta sobre presuntos delincuentes, y como los Jueces están obligados a aprobar sus decisiones, sólo tienen que dictar sentencia en base a lo que piensan los miembros del jurado, que en algunos casos están mal", declaró.
 
 
Abolish trial by jury - Kosi-Kaglo
Daily Graphic
24 de agosto de 2011