1/6/04

Córdoba: Informe Juicios por Jurado

Por Agustín Jorge

Provincia de Córdoba - Argentina

La argentina no ha implementado aún la institución del juicio por jurados a nivel nacional. Si bien la Constitución Nacional establece que se deberá instaurar el juicio por jurados, esta cláusula es sólo programática, pero en la provincia de Córdoba sí se ha implementado, por lo que resulta interesante a los efectos del presente informe exponer algunos datos sobre su funcionamiento.

Córdoba fue la primer provincia argentina que instauró el juicio por jurados. Lo hizo en el año 1991 luego de una reforma procesal. Dentro de las alternativas conocidas como sistemas de enjuiciamiento con participación ciudadana, la provincia de Córdoba optó por el modelo facultativo de integración con escabinos; esto es, que al tribunal constituido en colegio (en número de tres), se suman dos ciudadanos seleccionados de una lista de electores confeccionada previamente. Queda compuesto así, un órgano que tiene como particularidad el de contar con una “mayoría” técnica frente a una “minoría” legal. Se estableció esta alternativa para aquellos procesos en los que “la escala penal prevista para el o los delitos contenidos en la acusación fuere de quince años de pena privativa de la libertad o superior” (art. 369 C. de P.P.).

El modelo adoptado es facultativo, en tanto pone a disposición del imputado, del fiscal o del querellante, la posibilidad de optar por solicitar que el tribunal, en los casos antes mencionados, quede integrado o no con jurados (art. 369). Es claro que ejercido el derecho por alguna de esas partes, las otras no pueden oponerse, ni el tribunal puede decidir en contrario. La previsión está inspirada en que el reclamo efectuado por alguno de esos sujetos, debe ser atendido, por las mayores garantías que ofrece esta modalidad para el tratamiento de casos que, por la pena eventual, revisten alguna gravedad.

Del relevamiento efectuado en las doce Cámaras en lo Criminal de la Capital de Córdoba, y las diez del interior provincial (en las cuales actúa un representante del Ministerio Público, en cada una), desde el inicio de la vigencia ―mediados de 1998― a la fecha, se ha constatado que se realizaron veintiocho juicios en los que actuaron jurados populares (21 en la Capital y 7 en el interior).

El número no es demasiado representativo en proporción al total de casos fallados (el promedio de esos mismos tribunales excede las cien sentencias anuales, de los cuales alrededor del 90% son causas con imputados en prisión preventiva).

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Venezuela: Informe Juicios por Jurado

Por Agustín Jorge

El juicio por jurados es también un fracaso en Venezuela

Venezuela cuenta con un sistema de participación ciudadana doble. Por un lado cuenta con juicios por jurados, y por el otro con tribunales escabinos.
 
El tribunal mixto se compone de un juez profesional, quien actúa como juez presidente, y de dos escabinos. Los jueces escabinos constituyen el tribunal con el juez profesional y deliberan con él en todo lo referente a la culpabilidad o inculpabilidad del acusado.

El tribunal de jurados se compone de un juez profesional, quien actúa como juez presidente, y de nueve jurados. Los procesos con jurados se dan en casos de delitos graves, como violaciones agravadas, homicidios y secuestros.

La experiencia recogida en Venezuela es positiva en el caso de los tribunales escabinos, pero sin embargo, se está intentando eliminar los tribunales de jurados. Durante el año pasado, de los 131 tribunales constituídos con jurados, apenas se realizaron 13 procesos, mientras que se difirieron 118.


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Reino Unido. Informe Juicios por Jurado

Por Agustín Jorge

Juicio por jurados en el Reino Unido

En Inglaterra, el juicio por jurados se consolidó como uno de los pilares de la administración de justicia del “common law”, abarcando causas civiles y penales. Se manifestó como una de las más importantes garantías de los individuos contra el poder real y sus jueces. Actualmente, la composición de los jurados esta formada por 12 jueces.

Los casos criminales pueden ser juzgados por tribunales o por jurados. Un magistrado toma el caso, si considera que es muy serio lo envía directamente a un jurado, pero en todos los casos el acusado tiene la decisión final de elegir por quien es juzgado. Actualmente, el último informe realizado en miras a una reforma judicial, propone una limitación al sistema de juicios por jurados.

Esta propuesta de reforma judicial es la más importante realizada en dicho país en los últimos 30 años, y propone reducir la cantidad de juicios por jurados de 50. 000 juicios anuales a 15.000.

La propuesta del gobierno para reducir el ámbito de aplicación de juicio por jurados, es que el magistrado tenga la decisión final de quien juzga al acusado, es decir reducir los derechos del acusado.

Es un problema los altos costos operativos. Un juicio criminal del 14 de Diciembre de 2002 llegó a costar 1.5 millones de libras esterlinas. En promedio cada juicio por jurados cuesta 10.844 libras esterlinas.

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España: Informe Juicios por Jurado

Por Agustín Jorge

El fracaso del jurado en España

En España, el 22 de Mayo de 1995 se reinstauró la posibilidad de ser juzgado por un jurado como respuesta a una crisis del sistema judicial similar a la nuestra. El artículo 125 de la Constitución española de 1978 establece que: “los ciudadanos podrán participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine”.

Los delitos que son competencia de la ley de Jurado son: homicidio, amenazas, omisión del deber de socorro, allanamiento de morada, incendios forestales, infidelidad en la custodia de documentos, cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, fraudes y exacciones ilegales, negociaciones prohibidas a funcionarios e infidelidad en la custodia de presos.

Algunas estadísticas, realizadas en base a encuestas y a análisis de información del juicio por jurados en España, permiten tener una noción sobre el funcionamiento del mismo, y las expectativas de la población en el mismo como sistema de participación ciudadana en la administración de justicia.

Al igual que en el caso de Estados Unidos, el costo del juicio por jurados en España es elevado. Por otra parte también resulta interesante contrastar la cantidad de casos resueltos.

Los juicios por jurados son rechazados por los imputados con la posibilidad de ser juzgados bajo esta institución. La gente se resiste a ser juzgado por un tribunal por la larga duración de los juicios y por las fuertes condenas que reciben.

La amplia competencia de la ley de jurados lleva a resolver casos ridículos bajo el sistema de juicios por jurados que produce costos excesivos e irrita a la opinión pública. En España se está pidiendo una reducción de competencias que elimine al menos el allanamiento de morada.

La composición del jurado sólo por jueces legos, sin profesionales, ha llevado a sentencias contradictorias ya que los jueces legos no pueden fundamentar correctamente sus decisiones.

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EE.UU.: Informe Juicios por Jurado

Por Agustín Jorge

Fracaso: Sólo un 3% de los casos se resuelven con juicio por jurados

La Constitución Americana establece la obligatoriedad del juicio por jurados a través de dos enmiendas. Por un lado, la enmienda sexta garantiza el juicio por jurados en todas las persecuciones criminales del estado, y por otro, la séptima extiende ese derecho a todos los casos civiles en donde el valor de la demanda supere los veinte dólares.

El ciudadano americano, en estos casos, tiene la facultad de elegir entre ser juzgado por un jurado o directamente por un tribunal. Tanto el derecho procesal estatal como el derecho procesal federal reconocen a cada una de las partes este derecho.

Algunas de las características del mismo son: el jurado participa en el debate (trial), pero no en las fases precedentes del proceso; decide sobre cuestiones de hecho (issues of fact); el numero de personas que integran el jurado son generalmente doce en los casos criminales y varía dependiendo del estado en donde se realiza el juicio para los casos civiles; y, los integrantes del jurado, son elegidos por las partes en un proceso conocido como “voir dire”.

Pero lo cierto es que, como en los casos criminales el imputado tiene la posibilidad de negociar la imputación y la pena con el fiscal (“plea bargaining”) para evitar llegar al juicio, actualmente sólo el 3% de los casos son resueltos en juicio por jurados. Es que los procesos de negociación resultan convenientes tanto para el fiscal, ya que le permite obtener altos porcentajes de condena, como para las defensas, que prefieren negociar la pena a exponerse a la voluntad de un jurado.

Otro dato a tener en cuenta es el costo que implica el uso del sistema de juicio por jurados, tanto en lo que se refiere a gasto de honorarios de los miembros que lo integran, como en traslados, hospedaje y demás, en aquellos casos en que el juicio dure más de un día. En este sentido, en las tablas subsiguientes se proporciona información de los costos en Estados Unidos. De las estadísticas se desprende los altos costos operativos del sistema. Así, cada día de juicio por jurados le cuesta a los Estados u$s 5000 en promedio. Esto genera controversias cuando se dispone la maquinaria de un jurado para resolver, por ejemplo, el crimen de un ciudadano que robó 3000 dólares.
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1/10/03

España: Condena a inocente cuestiona los jurados populares

Por Tito Drago
 
Periodista Tito Drago
 
Extractos:

La condena de una mujer inocente por el asesinato de una menor y su reclusión en la cárcel durante 17 meses, puso en cuestión el mantenimiento o no de los jurados populares, una instancia de justicia de reciente implantación en España.
 
La confesión de un británico de ser el autor del crimen llevó a jueces, abogados, intelectuales y otras personalidades a cuestionar si se debe mantener, o modificar, la ley que introdujo los juzgados populares, que comenzaron a actuar en 1997.
 
Rocío Wanninkhof, 19 años de edad e hija de la ex compañera sentimental de Vázquez, fue asesinada a puñaladas el nueve de octubre de 1999. Un año después un jurado popular encontró culpable a Vázquez, por lo que fue condenada a 15 años y un día de prisión.
 
El abogado de la defensa recurrió el fallo y el Tribunal de Justicia de Andalucía, comunidad en la que se cometió el crimen y se sustanció el proceso, anuló la sentencia y decretó su libertad bajo fianza hasta que se celebre un nuevo juicio, lo que significa que la acusada debe presentarse en el juzgado cada diez días.
 
El asesino, Tony Bromwich, fue detenido el 18 de septiembre, días después de violar y asesinar a Sonia Caravantes, de 17 años de edad, en Coín, una localidad de la provincia de Málaga, ubicada en la costa norte del mar Mediterráneo, lugar conocido por la afluencia de turistas nacionales y extranjeros.
 
Al ser interrogado por la policía confesó ser el autor de ese crimen y también del anterior, a sí como de varias violaciones cometidas en esa zona de España. Medios británicos recogieron esta noticia, lo que sacó a luz acciones similares cometidas por Bromwich en su país natal, por las que fue juzgado y condenado.
 
Al salir en libertad en el Reino Unido, Bromwich fraguó un nuevo pasaporte a nombre de Tony Alexander King y se trasladó a España, donde se desempeñaba como camarero de un bar.
 
Confesados ambos crímenes, tomó estado público en España el informe policial en base al cual el jurado popular condenó a Dolores Vázquez y que sólo presenta indicios de carácter general.
 
Entre otras cosas, el documento informa de que el homicida abrió “excesivamente las piernas” de la víctima, para que no se supiera cómo, cuándo y en qué lugar se produjo la agresión.
 
También que la acusada “se atraganta a la hora de transmitir tranquilidad y que grabaron conversaciones suyas en las que se limitaba a decir a sus amistades “yo no he sido”, ante la acusación de que fue objeto y su gran repercusión en los medios.
 
Ante la evidencia del error judicial, el fiscal jefe de Málaga, donde se realizó el juicio, reconoció el error y lo justificó diciendo que “fallos hay en todas las instituciones”. Y que “aunque se haya trabajado mucho cabe la posibilidad de error y mucho más en algo como la valoración de un detalle que puede resultar decisivo para la investigación”. No precisó cuál fue el detalle.
 
El magistrado del Tribunal Supremo de Justicia, Enrique Bacigalupo, con amplia experiencia jurídica y docente en su país natal, Argentina y en el de su actual nacionalidad, España, dijo a IPS que él está en contra del mantenimiento del jurado popular, integrado por legos, personas sin formación en esa disciplina.
 
Es sabido, explicó, que un jurado popular tiene pocas posibilidades de descubrir las circunstancias que pueden generar errores. Ese modelo de jurado se originó en el siglo XII, pero en la actualidad el derecho penal es mucho más complejo que en sus orígenes, añadió.
 
También cuestiona el asunto otro magistrado, Perfecto Andrés Ibáñez, quien afirmó que el caso Wanninkhof puso de manifiesto que “las posibilidades de error en el juicio son tanto mayores cuanto menor es la capacidad de operar racionalmente con los resultados de la prueba”.
 
Para él, en el juicio que condenó a una inocente influyeron demasiado los medios de comunicación, que contribuyeron a crear un clima de culpabilidad en contra de ella.
 
En este caso, prosiguió, los errores más gruesos los cometieron los medios de comunicación que desde que fue detenida Dolores Vázquez y hasta después de la celebración del juicio no cesaron en cebarse en ella, creando un clima de culpabilidad.
 
Según una encuesta publicada esta semana, el 90 por ciento de los medios de comunicación daban por culpable a la acusada y ello, subraya Menéndez, condiciona en gran manera también a los miembros de un jurado popular.
 
Más duro, con los medios y con el jurado, es el escritor Antonio Soler, quien sostiene que “si lo que se juega es la vida libre o estar encerrado entre rejas, se requiere ser juzgado por expertos o, a lo sumo, con una mezcla de sabiduría y pensamiento fresco”. Porque, sentenció, Vázquez fue condenada previamente por los medios de la comunicación y la sociedad, con el aval “de una chapucera investigación policial”, lo que influyó notoriamente sobre el jurado.
 
En Mijas, municipio al que pertenece Coín y en el que reside Dolores Vázquez, la Asociación Clara Campoamor, que defiende a las mujeres, exigió a ese organismo y a su alcalde, el socialista Agustín Moreno, que celebre un pleno extraordinario y pida perdón a Vázquez, por haberse sumado en su momento a las acusaciones.
 
Mientras, la inocente y condenada, está a la espera de que el jurado de apelación ratifique su inocencia y por lo tanto declare su libertad sin condiciones.
 
 
Tito Drago
Periodista y consultor especializado en relaciones internacionales,director de Inter Press Service España (IPS) reside en España desde 1977, es autor de “Medio Ambiente y Desarrollo” (Cifca, 1980),”Centroamérica, una paz posible” (El País-Aguilar, 1988), “El futuro es hoy. Hacia el desarrollo sostenible” (Cruz Roja, 1992), “Chile, un doble secuestro” (Ed. Complutense, 1993), “El retorno de la ilusión. Pinochet, el fin de la impunidad” (RBA, 1999), “Allende, un mundo posible” (Ed.RIL, 2003), “Cara y Cruz, el Che y Fidel” (Sepha, 2007), “DosEnUno: así nació, así se canta y así se baila el tango (Comunica, 2010), "¡Nunca jamás!", (RBA, 2012) y coautor de decenas de libros, la mayor parte dedicados a la realidad iberoamericana, el medio ambiente, la cultura, la globalización y el periodismo.
 
1 de octubre de 2003

15/12/01

España: Seis años con jurado

Por María Gutiérrez

El jurado es un fracaso en España

Han pasado ya seis años desde que la Ley del Jurado entró en vigor. ¿Qué balance se puede hacer de su implantación? ¿Beneficia o perjudica al justiciable? ¿Qué problemas encontramos a la hora de someternos al veredicto de nueve ciudadanos sin conocimientos de derecho?

Ésta y otras cuestiones se suscitaron entre cinco compañeros: María Jesús Díaz Veiga, José Luis Galán, Begoña Lalana, Lourdes Peralta y Francisca Villalba. Durante varias horas los letrados, todos ellos con experiencia previa en juicio por jurado, debatieron los puntos más sobresalientes de un procedimiento que para muchos es aún desconocido.

Dado el interés de sus reflexiones hemos optado por una transcripción casi literal de la conversación, lo que nos obliga a dividirla en varias entregas que aparecerán en los próximos números. Entendemos que el tema merece la pena.

 
 
SIN LA VENIA: ¿Pensáis que el proceso de selección del Jurado es suficiente?
 
VILLALBA: A mí me parece que el cuestionario que rellenan los candidatos sobra. ¿Para qué quieres más?
  • N.T.: La justicia exige la selección de una persona idónea para juzgar (que nunca será posible con un simple cuestionario).
 
LALANA: Yo creo que es insuficiente porque la gente puede mentir en el acto de selección pero la información que te da la encuesta es indiscutible. No se les pregunta si tienen hijos y a mí en un caso me interesaban mujeres con hijos, quería que en mi jurado hubiera madres. Claro que iba de acusación, a la defensa igual le interesaba gente soltera. El cuestionario te debería dar datos que no dependan de cómo conteste un Jurado a las preguntas que se le formulen.
  • N.T.: Es lamentable que el resultado de un juicio dependa de que los miembros del jurado tenga hijos o no.
 
VILLALBA: Pero tú puedes recusar.

DÍAZ VEIGA: Las cuatro recusaciones que tienes son insignificantes, al final acabas escogiendo al menos malo.
  • N.T.: Siendo posible seleccionar excelentes jueces letrados, es absurdo conformarse con un jurado no preparado, cuyo único mérito sea ser el menos malo.
 
VILLALBA: Yo hice un curso en el que me recomendaron que no escogiese a los que me favorecieran sino a los que no me perjudicase. Yo creo que ese debe ser el criterio, quitarse a los que te puedan perjudicar. El problema es qué preguntas haces.
  • N.T.: La selección del jurado no selecciona personas, selecciona el veredicto que la parte (fiscalía o defensa) desean. Esto no tiene nada que ver con la justicia.
 
DÍAZ VEIGA: Claro, interrogar a los jurados y saber cómo van a enfrentarse a un juicio es muy complicado, porque si haces preguntas genéricas siempre contestan de una forma correctísima, vivimos en una sociedad en que hay cierta cultura de saber contestar. Para saber realmente qué tipos tienes enfrente yo no sé muy bien qué hacer. Creo que hay que hacer preguntas radicales a la gente. Si les preguntas si son racistas te contestan a coro que no pero cuando se meten los nueve ahí y se ponen a deliberar es otra cosa. Yo creo que el ser humano saca en ese momento sus peores instintos.
  • N.T.: El problema es que, al no fundar la sentencia, no decide la razón, sino los instintos (tal como lo pone de resalto este abogado).
 
GALÁN: El jurado yendo de defensa es muy jodido, el pueblo soberano cuando se pone justiciero... Yo prefiero el jurado si voy de acusación. La presunción de inocencia es un principio constitucional técnico, el Juez lo asume muy bien pero el ciudadano todavía tiene la idea de que si está aquí por algo será.
  • N.T.: Es la razón principal por la que el juicio por jurado es inconstitucional: porque no se resguarda debidamente el principio de inocencia.
 
DÍAZ VEIGA: Una historia que tienen los jurados es que les importa su propia piel. Si llevas a un pringao (de tez oscura) acusado de homicidio van a pensar: “a este tío lo absolvemos, va a la calle y coge a mi hija”. Se guían más por sus propios miedos que por la prueba que ven en el juicio.
  • N.T.: El principio de inocencia no se puede resguardar cuando el jurado, en vez de decidir en base a la prueba, decide movido por sus miedos.
 
VILLALBA: Yo no estoy de acuerdo. Una vez mi cliente se había comido ante el Juzgado su participación en los hechos y yo lo había admitido. Sin embargo el psiquiatra de la cárcel me dijo que no era cierto. Así que llegué al juicio y en las alegaciones previas dije que todo lo anterior no valía y con las pruebas del día a día se vio que era inocente. Y lo absolvieron.

GALÁN: Porque era un mendigo contra otro mendigo. Imagínate a un mendigo contra un ciudadano corriente. Si la víctima hubiera sido un estudiante...
  • N.T.: El principio de inocencia no se puede resguardar cuando el jurado, en vez de decidir en base a la prueba, decide movido por sus prejuicios.
 
 
SIN LA VENIA: ¿Cómo influye en el juicio el nivel cultural de los miembros del jurado?
 
GALÁN: Yo me quité de en medio un tío que era un líder nato, era jugármelo a un sólo jurado.

PERALTA: Yo tuve uno que parecía el líder y me dirigí a él todo el tiempo. Es cuestión de suerte.
  • N.T.: ¿Quién puede llamar justicia a dejar el veredicto en manos de la suerte?
 
DÍAZ VEIGA: Vamos a ver, yo creo que los jurados no son tontos, he visto que es gente que se lo toma con muchísima responsabilidad, que en el debate participan y creen que es una cosa muy seria... Otra cosa es que a la hora de dictar el veredicto primen determinadas emociones que son ajenas a lo que ha pasado en el juicio. Gente que ellos piensan que puede ser un peligro social. En determinados asuntos, tienen unos condicionantes muy fuertes para juzgar con una cierta parcialidad, bueno pues porque no les gusta la pinta del tipo, por ejemplo.

GALÁN: Yo tuve un cliente tan agresivo que no había modo de relacionarle con la presunción de inocencia. El aspecto y el comportamiento del acusado es fundamental.
  • N.T.: ¿Y la justicia? ¿Y el principio de inocencia? Bien, gracias...
 
 
Publicación "Sin la Venia"
15 de diciembre de 2001

23/9/01

España: No quiero volver a ser jurado. Una de las nueve personas que condenaron a Dolores Vázquez desvela la tensión vivida durante las deliberaciones

Por Aníbal C. Malbar

Jurado Anónimo
 
 Extractos:
 
Claro que tenemos miedo de habernos equivocado, pero también teníamos muy claro que nos habían puesto allí sin elegirlo. La noche después de la votación estaba muy intranquila, te da cosa. Yo he votado lo que creo, y no tengo remordimientos. Otra cosa no podía hacer. Pero, aunque tengas el convencimiento de que alguien es culpable, no es agradable que una decisión tuya mande a una persona a la cárcel».

Quien habla es una de las nueve personas que declaró culpable a Dolores Vázquez en el juicio por la muerte de Rocío Wanninkhof. El cuerpo de esta joven de 19 años fue encontrado cerca de Marbella después de que fuera asesinada en Mijas el 9 de octubre de 1999.

La ahora culpable había mantenido una relación afectiva y sexual prolongada con la madre de la víctima. De hecho, «formaban una familia», según coincidieron al definir su convivencia la hermana de la muerta, su madre y la acusada durante el juicio. El móvil, por los pelos: Rocío había sido la causa de la ruptura sentimental entre su madre y la acusada. Pruebas de cargo, ninguna.

«Creo que sí, que se hizo justicia», titubea este miembro del jurado. ¿Había pruebas concluyentes? «Sí, aunque no puedo decir mucho... No somos expertos. Una prueba definitiva no la había. Lo que sí teníamos era muchísimos indicios».

Cualquiera puede recibir un día una citación para presentarse como jurado en la Audiencia Provincial del lugar donde resida. Un papel especifica arriba de qué proceso se trata. En este caso, el interés mediático que despertó la desaparición de Rocío hacía inevitable el conocimiento previo de parte de los hechos por los candidatos a sentarse en los bancos del tribunal popular.


«Sabía algo del caso, pero mucha idea no tenía. Tampoco me influyó ninguna intuición sobre si la acusada era culpable o inocente». Los homicidios, por ley, han de ser dirimidos por un jurado. Después la acusación y la defensa hacen una selección entre 35 candidatos hasta elegir a nueve. «En principio, no me importaba ser jurado, pero tampoco tenía demasiada información sobre lo que significa serlo. Me gustaba la posibilidad de ver un jurado por dentro.

«SIN PREJUICIOS»


La defensa de Dolores Vázquez se había quejado de que en un caso tan sonado, y con el morbo de la relación lésbica como componente más llamativo, la «contaminación» del jurado era inevitable. Sin embargo, este miembro del tribunal considera que no se dio el caso: «No observé prejuicios en la gente.


Además, como en el juicio se habló muy abiertamente de todo el tema sexual, yo creo que se iba asumiendo con naturalidad la relación entre las dos mujeres. Ten en cuenta que éramos gente muy joven, y eso también influye. Entre nosotros hablábamos con normalidad, no se escondía nada ni se disfrazaba nada».

Sin embargo, durante la vista sí hubo preguntas morbosas por parte del jurado, indagaciones que no venían mucho al caso, como si la acusada tenía cierta dependencia a utilizar las líneas 906 de contactos eróticos o por qué se sentía especialmente atraída por las ciencias ocultas.


También se demandaron opiniones subjetivas sobre lo que cada una de las implicadas pensaba de las demás mujeres. La defensa protestó: aquél empezaba a parecerse a un proceso por un delito de violencia doméstica y no por asesinato. «Yo era una de las personas que insistía para que las preguntas del jurado fueran consensuadas. Porque vaya gambas se metieron. Creo que había algunos que preguntaban sólo para demostrar que estaban atentos», responde este jurado a la acusación de subjetividad.

Sin embargo, defiende la dedicación de los nueve que dictaminaron, por siete votos a dos, que Dolores Vázquez había asesinado a Rocío Wanninkhof. «Seguro, seguro que nadie actuó por prejuicios o por influencia de nadie. Dejamos de lado todo lo que habíamos escuchado previamente sobre el caso, y después nos fuimos haciendo una idea. Discutíamos continuamente y repasábamos cada día los testimonios para ver qué sacábamos en claro y qué declaraciones nos daban más fiabilidad. A la hora de votar, pienso que todo el mundo lo tenía muy claro. De hecho, después de todas las deliberaciones, fue sorprendente ver cómo varias personas votaban de forma distinta a como parecía que pensaban».

La expectación creada alrededor del caso no favoreció en absoluto el trabajo del jurado. Cada día, la sala de la Audiencia de Málaga estaba abarrotada de curiosos y periodistas. En el exterior, las cámaras aguardaban para conseguir el corte de cada día. «De todas formas, no hubo nada que tendiera a influirnos. Lo que hicimos fue desconectar bastante de todo lo que no sucediera en la sala. A medida que pasaban los días, nos dábamos cuenta de que era un tema muy serio y de que exigía mucha responsabilidad. Eso ayuda mucho».

Sin embargo, reconoce que cierta extrañeza escénica influye en cualquier persona que se tenga que sentar en un tribunal popular para dirimir un caso de homicidio. Hay un acusado y una ausencia, la de la víctima. Las declaraciones de los peritos desgranan los pormenores del crimen con frialdad forense ante personas que no necesariamente tienen que estar familiarizadas con la muerte. Menos, con una muerte así. «Es verdad que puede cambiar la opinión que tengas de una persona por el hecho de que haya estado en la cárcel», dice.


Dolores Vázquez llevaba un año en prisión cuando se inició el proceso. Su detención, por anunciada, se convirtió en un reality show de guardias civiles, esposas y cámaras que ha visto todo el mundo repetida decenas de veces en televisión. Como muchos otros miembros del tribunal popular, este jurado confía en la Justicia española, pero se plantea la aporía: si la Justicia mantiene en prisión a la acusada, es porque encuentra indicios suficientes de culpabilidad; si el jurado confía en la Justicia, no puede abstraerse de este hecho. «Intentamos evitar que eso nos influyera mirando minuciosamente todas las declaraciones tomadas antes de la detención de la acusada», relata.

A medida que pasaban los días, las tensiones de los miembros del jurado se fueron acumulando. En principio no permanecieron aislados, pero rogaron a los letrados que filtraran que sí lo estaban para evitar la presión de los medios.


Los últimos tres días de aislamiento fueron, según cuenta, un martirio. «No es que estuviéramos mal, pero había algunas cosas que no nos gustaban. Por ejemplo, íbamos a pie desde la Audiencia al hotel custodiados por la Policía. La gente, claro, te miraba con curiosidad, y es muy incómodo. ¿Es qué no tienen para pagar un coche que nos lleve?».

SIN TELE NI PRENSA


En la habitación del hotel no había televisión. El aislamiento era total. Tampoco podían hablar con sus familias ni leer periódicos. Y el final del juicio se acercaba, y la responsabilidad sobre elegir el futuro de una persona se hacía cada vez más insoportable.


«Estábamos todos nerviosísimos. En conciencia, yo voté en lo que creía. Das tus motivos al resto del jurado. Lo analizas todo muy bien. Pero estás en tensión porque estás hablando sobre algo que crees, no que sabes. No somos ni psicólogos ni peritos, sino gente normal que tiene que decir lo que piensa sobre un asesinato. Es una decisión muy dura. Yo creo que deberían poner en el jurado a personas más preparadas. A ninguno de nosotros nos gustaría repetir».

La pareja de este miembro del jurado va más lejos: «Yo he sacado la conclusión de que hay que estar en contra del jurado popular. Es mucha presión para una persona que no tiene nada que ver con la Justicia. Debía ser algo vocacional. No cualquiera puede asumir la responsabilidad de mandar o no a alguien a la cárcel. Me parece un poco fuerte, ¿no?».

Añade, desde una profesión que lo mantiene en contacto estrecho con la vida judicial, «que la decisión que ha tomado el jurado es distinta de la que hubiera adoptado cualquier juez», aunque en ningún momento se plantea que su cónyuge «haya actuado de forma injusta». No conoce, ni se lo ha preguntado, el voto de su pareja. Tampoco, afirma, ha comentado el caso a fondo en la intimidad. «Algunas veces le he preguntado por curiosidad, y nunca me dijo nada a favor o en contra» de la acusada.

Salvo durante los tres últimos días de aislamiento, convivió con la creciente tensión de su pareja, cada vez más imbuida en el caso. «Ellos se lo tomaron con mucho interés, y creo que han intentado ser justos, pero pienso que una decisión así no debe ser asumida por personas sin formación», matiza.

Incluso, relata que el presidente de la sala, tras el veredicto, elogió la actuación del jurado y «les felicitó por haber sido "muy profesionales"». Una treintena de pruebas indiciarias han servido al jurado para dictaminar que Dolores Vázquez es culpable de asesinato. Puede ser condenada a 20 años de cárcel.
 
Nota del Editor: El caso Wanninkhof (al haber sido atrapado luego de la condena el verdadero autor del hecho) se ha erigido en el error judicial más resonante de la justicia española.
 
 
El Mundo - Crónica
Caso Rocío Wanninkhof
23 de septiembre de 2001

9/9/01

Costa Rica: Informe juicios por jurado

Por el Dr. Alfredo Chirino Sánchez


Dr. Alfredo Chirino Sánchez: Juicio por jurados en Costa Rica
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Extractos:

El director de la Escuela Judicial de Costa Rica, Alfredo Chirino, se mostró contrario a la existencia de la institución en su país, por considerar que los jurados de conciencia son “extremadamente maleables”.

La experiencia por parte de los costarricenses acerca de la institución del jurado de conciencia no puede ser más que “reservada”, dijo el abogado.

Hace más de medio siglo que Costa Rica abolió la institución.

De acuerdo con el jurisconsulto, los costarricenses le tienen una “tremenda desconfianza a los jurados de conciencia”.

Cuando la institución existía en Costa Rica, se percibía como “maleable, extremadamente influenciable” por parte de los abogados y de aquellos que hacían uso de esa institución; y digo que hacían uso, porque, efectivamente, los jurados de conciencia les servían precisamente a los abogados litigantes especialmente intuitivos, indicó el director de la Escuela Judicial del país vecino.

“Debido a esa capacidad influenciable que tenían los jurados, fue que decidimos acabar con ellos”, agregó.

De acuerdo con Chirino, si en estos momentos se hiciera un referendo para decidir si se pone en vigencia el jurado en su país, la mayor parte de la gente votaría en contra de su restablecimiento.

Enlace: Versión On Line

Jurados de conciencia, ¿un mal necesario?
Por NUBIA APARICIO S.
9 de septiembre de 2001

29/7/01

España: Las sombras del jurado en el caso Wanninkhof

Por Aníbal Malvar
 
Aníbal Malvar
 
Extractos:
 
Rocío Wanninkhof fue asesinada en Mijas el 9 de octubre de 1999.Tenía 18 años. Primero fue golpeada. La persona que la agredió le prestó después un pañuelo de papel para que se limpiara la sangre. Luego le clavó en la espalda un arma blanca de dos centímetros de hoja. La joven huyó dando traspiés por una explanada. El agresor o agresora siguió apuñalándola hasta matarla. Arrastró el cadáver hacia un lugar inaccesible a la vista de quien circulara por la carretera. Se marchó. Regresó con un vehículo, cargó el cuerpo y lo condujo a una veintena de kilómetros de distancia. Desnudó a la chica y le abrió las piernas, dicen que para simular una violación. En este último punto claudican los hechos y se inician las conjeturas. Hay una acusada, Dolores Vázquez, que fue pareja de la madre de la muerta y educó a la niña y a sus dos hermanos.
 
Nueve personas dirimen estos días en la Audiencia Provincial de Málaga si la acusada pasará los próximos años en la cárcel. No son juristas. Nadie les ha aportado aún prueba concluyente alguna. Es el jurado. El azar convocó 35 nombres de personas censadas en la provincia. Recibieron en su casa la citación: caso Rocío Wanninkhof.
 
Con toda seguridad, todos sabían de qué crimen se trataba. Los nombres se meten en un bombo. Un secretario extrae ante los representantes del ministerio fiscal, de la acusación y de la defensa el boleto. Un propio, usted mismo, cualquiera, tiene en sus manos el futuro de una persona si contesta adecuadamente a las preguntas del concurso. Acusadores y defensores tienen derecho a rechazar al candidato: cuatro recusados sin motivo y dos con motivo por cada parte. Empieza el interrogatorio. Sin límite de tiempo.

¿Qué piensa usted del caso? ¿Se cree lo que ha contado la prensa?
«Yo creo que es culpable. Son lesbianas, ¿no? Lo normal era que se metieran en follones». La respuesta es de uno de los candidatos, por supuesto, rechazado.

«La gente viene muy mediatizada en casos como éste», se queja la defensa. «Ha habido un juicio paralelo en la prensa y eso nos puede perjudicar». La respuesta del candidato no tiene por qué ser sincera. Muchas veces no lo es. La gente no quiere ser jurado. Otro de los candidatos intentó ser rechazado alegando que fumaba marihuana. Algunos se confiesan cuando los juristas desmontan su estrategia: «Es que no me considero capaz de juzgar a nadie. Es demasiada responsabilidad». Grandilocuentes palabras deslegitiman tanta prudencia: .«El deber constitucional está por encima de la moral de las personas».

¿Qué opinión le merecen las fuerzas de seguridad?
«Bueno, le diré que yo soy hijo de un Guardia Civil».

Este candidato, hombre de unos 40 años, es rechazado por la defensa. Su cercanía al Cuerpo puede condicionarlo. No hay testigos, ninguna prueba de cargo apunta irrefutablemente a Dolores Vázquez como culpable del asesinato con ensañamiento de la niña que tuvo «dos madres». La Guardia Civil, asegura Vázquez, intentó arrancarle una confesión como fuera. Según su defensa, la presión mediática les obligó a encontrar una cabeza de turco y lo más fácil era engatillar a Lola: «Me dijeron que tenían testigos, que yo estaba loca y no recordaba haberla matado, que Rosa [hermana de Rocío] había dicho que yo era la asesina».

¿Cree mejor condenar a un inocente que dejar libre a un culpable?
La mayoría de los llamados a ser jurado no respondió de forma contundente. La indecisión hace peligrar el beneficio de la duda.

Dolores Vázquez, la acusada, es una persona segura de sí misma, dice el fiscal que fría, aseguran algunos testigos que violenta. Rocío Wanninkhof, la víctima, es elevada a los altares de la bondad y la belleza por todos los testigos, incluida la única imputada: «Me llamaba mamá». La madre de Rocío, Alicia Hornos, se presenta empequeñecida por la tragedia, dominada durante su convivencia con la acusada, segura de que su ex amante apuñaló a su hija porque era el gran obstáculo que veía para volver con ella. Celos. El jurado se deja llevar por curiosidades más rosas que científicas. Una de las preguntas elevadas por el portavoz de los nueve da idea de ello: «¿Le dolió a usted, Rosa, enterarse de que Dolores era la asesina de su hermana?». «Muchísimo. Cuando éramos jóvenes, Lola era mi padre», responde la joven. «No se ha manejado hasta ahora ni una sola prueba. El ministerio fiscal lo ha querido presentar como un caso de violencia doméstica. A veces esto se parece más a un juicio de divorcio que otra cosa», se lamenta la defensa.

¿Le condiciona que la acusada lleve un año en prisión y llegue esposada?
«Si meten a una persona un año en la cárcel, es que algo habrá hecho, ¿no?».

Varias personas entrevistadas responden de forma parecida. Las partes indagan en su interrogatorio sobre la confianza que despierta la Justicia española en cada uno. La opinión general es buena. Dolores Vázquez disiente desde el estrado: «Hoy estoy aún como si viviera algo irreal. A veces no entiendo por qué estoy aquí ni por qué llevo un año en prisión. Intento contestar a sus preguntas sinceramente, con toda la buena voluntad del mundo, pero yo no he matado a Rocío», responde la acusada al presidente de la Sala cuando se ve acorralada por sus propias contradicciones. Aún en esos momentos, conserva la calma y parece segura. En ocasiones, cuando sale a colación cualquier circunstancia referente a su sexualidad, habla abiertamente y sonríe con picardía. Agitación en los bancos del público. Algún comentario morboso. Durante la selección del jurado, no hubo preguntas explícitas referidas al lesbianismo, aclara uno de los juristas que participó en el proceso y que prefiere que su nombre no sea citado. La defensa sabe que la baza sexual juega tanto en su contra como el exhaustivo seguimiento mediático del caso desde la desaparición de Rocío hasta la detención de la acusada: «¿Quién no ha visto las imágenes de televisión en las que sacan de su casa a Dolores esposada?».Temen las ideas subjetivas que pueda estar alimentando el jurado: «Están haciendo demasiadas preguntas personales. ¿Qué tiene que ver con el caso que esta señora se gastara 15.000 pesetas en llamar a los 906?».

¿Para usted, quién tiene que demostrar la inocencia o culpabilidad, el ministerio fiscal o la defensa?
«Los dos» .

Es la respuesta de muchos de los candidatos. Varios, incluso, aseguran que debe ser la defensa quien apruebe la inocencia de la imputada. Esta perversión judicial es conocida como la probatio diabolica. A nadie se le puede exigir que demuestre su inocencia. Ministerio fiscal y acusación han puesto énfasis durante el proceso en las numerosas contradicciones en que ha incurrido la acusada. Un miembro del equipo de Pedro Apalategui asesoró a su defendida sobre la actitud al declarar: «Yo se lo decía a Loli. ¿Cómo no te vas a contradecir si te hacen preguntas sobre algo que ocurrió hace un año? Hay gente que contesta lo primero que le viene a la cabeza. Luego va atando cabos, recordando cosas». Durante el juicio, la familia de la víctima le recuerda episodios violentos con la niña: «Nunca la castigué cortándole el pelo, como dice su hermana. Le corté el pelo porque ella lo quería tener cortito como yo. Me admiraba. Quería parecerse a mí».

¿En caso de duda, condenaría o absolvería?
«Absolvería, sin duda».

Las respuestas fueron diversas. Uno de los letrados del caso recuerda que la fiscalía rechazó al candidato que dio la respuesta transcrita arriba. Era un hombre «de unos 50 años, coherente, lógico, pero con una personalidad demasiado fuerte. Los jurados son muy influenciables. Podría haberlos convencido de lo que quisiera». También suelen ser rechazadas las personas demasiado pusilánimes, cuyo voto pueda ser fácilmente inducido. Los jurados no votan directamente la inocencia o la culpabilidad. Votan sobre un listado de hechos. Por ejemplo: Hecho 1. ¿Se encontró la noche del 10 de octubre de 1999 la acusada con la víctima?; Hecho 2. ¿Mantuvieron una discusión? Así sucesivamente hasta delimitar cada arista del caso. Para demostrar la inocencia, bastan cinco sufragios. La culpabilidad requiere siete de los nueve. El jurado, en el caso concreto del proceso Wanninkhof, prefirió permanecer aislado para evitar contaminaciones externas. Al final del juicio, se reunirán y permanecerán juntos hasta que hayan respondido a cada uno de los hechos propuestos. Después, el resultado de estas votaciones es trasladado al juez, que será quien dicte sentencia. El aspecto subjetivo es importante: en este caso concreto, no parece haber pruebas de cargo para determinar sin género de dudas algo tan simple como si imputado y víctima se vieron esa noche. ¿Y el móvil? Algo tan íntimo e insondable como los celos.
 
Nota del Editor: Dolores Vázquez fue condenada por el crimen sin la existencia de prueba en su contra, sólo por los prejuicios del jurado, resultando a la postre ser inocente. Se trata de uno de los errores judiciales más lamentables en España.
 

Diario El Mundo
29 de julio de 2001