11/8/08

Nicaragua: Jurados ¿para qué?

Por Elizabeth García y Eloísa Ibarra

República de Nicaragua
 
Extractos:

* Desinsaculación 24 horas antes permite toda clase de maniobras para halagar y amenazar
* Desorden con direcciones o cambios de domicilio hacen que sólo funcione la mitad de listas
* Histórica apelación a veredicto del pueblo soberano se hunde en descrédito generalizado

Como si de “un mal parto” se tratara, en los nueve meses que han transcurrido desde el 19 de noviembre de 2007 a lo que va de agosto de 2008, siete mil 500 hombres fueron acusados por violar la ley en Managua. Eso quiere decir que hay 26.8 varones que delinquen por día, según datos estadísticos de la Oficina de Recepción y Distribución de Causas del Complejo Judicial Nejapa.

El Poder Judicial invierte una millonada de dinero para poder garantizar que la justicia emane del pueblo: cada año en Managua se celebran 3,600 juicios con jurados, es decir, 15 por día.

El Poder Judicial invierte 2,580 córdobas por cada juicio con jurado, porque cada uno de los seis integrantes del tribunal recibe una dieta de 438 córdobas.

A lo anterior se suma el gasto en que se incurre en la citatoria a los jurados, pues aunque el Código Procesal Penal (CPP) manda que por cada juicio se convoque no menos de 12 personas, cuyos nombres deben ser extraídos del padrón electoral, para seleccionar a los seis que integrarán el tribunal de jurados, la inasistencia obliga a los judiciales a elevar la cifra a 120 citas.

Y de las 120 personas citadas diariamente por cada juzgado, sólo el 50 por ciento llega. El resto no asiste porque no está en el país, por cambio de domicilio, dirección incorrecta, fallecimiento, o por ser policía o miembro del Ejército.

En promedio diario, cada uno de los siete juzgados de juicio de Managua celebra dos juicios, lo que significa que la Oficina de Notificaciones debe citar al menos 1,820 ciudadanos diariamente, aunque de esta cifra finalmente sólo 84 serán escogidos para participar como jurados (seis por cada juicio). Una parte de esos jurados son para casos de violación.

La inversión en dinero y trabajo es alta, pero los resultados no siempre son los esperados, como ocurrió en el mes de julio, cuando un jurado conformado por mujeres dejó libre a un hombre que aparentemente había violado a una discapacitada en Jinotega, luego, el 28 del mismo mes, otro tribunal declaró no culpable al pastor de Río San Juan que presuntamente abusaba de niños.

Cuando la víctima no obtiene el resultado esperado, empieza a cuestionar todo el sistema y se pregunta por qué se permitió que el acusado fuese juzgado por un tribunal de jurados.

La respuesta está en la misma Constitución, que establece que todo acusado tiene derecho a un juicio con jurado, salvo las excepciones previstas en la ley.

Cardoza explicó que los legisladores dejaron para el conocimiento de los jurados todos aquellos delitos en los que si bien es cierto hay un daño que trasciende socialmente, su magnitud no es tan amplia.

“El tribunal de jurado no es experto en la materia, y muchas veces tiene problemas en la interpretación de alguna prueba”, acotó Cardoza, quien explicó que con la nueva legislación penal ya no es el acusado el que decide si va a tener un juicio técnico o con jurado.

Enlace: Versión On Line

Jurados, ¿para qué?
ELIZBETH GARCÍA y ELOÍSA IBARRA
Publicación: El Nuevo Diario
11 de agosto de 2008